La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los montos mínimos que deben informarse sobre operaciones bancarias y en billeteras virtuales. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5699/2025, se aplicará desde junio y busca modernizar el sistema financiero, enfocando los controles solo en movimientos relevantes.
Según explicó el titular del organismo, Juan Pazo, los nuevos umbrales son significativamente más altos. Las personas físicas deberán declarar movimientos que superen los $50 millones mensuales, mientras que las personas jurídicas lo harán a partir de los $30 millones.
Entre los principales cambios, se destaca que:
Las transferencias bancarias y entre billeteras subirán de $2 millones a $50 millones para individuos.
Los saldos bancarios deberán informarse solo si superan $50 millones para personas físicas y $30 millones para empresas.
Los plazos fijos solo serán reportados a partir de $100 millones en personas físicas y $30 millones en jurídicas.
Las extracciones de efectivo solo se informarán si superan los $10 millones.
Las compras en efectivo o con medios digitales, antes informadas desde $250.000, ahora se reportarán desde $10 millones.
Los montos se actualizarán semestralmente en base al IPC. Con esta medida, muchas operaciones cotidianas ya no estarán sujetas a vigilancia, lo que simplificará la operatoria para millones de usuarios.