La justicia federal de La Plata ordenó la suspensión del Decreto 116/2025 firmado por Javier Milei, por el cual el libertario dispuso la conversión del Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima.
Además, prohibió toda acción administrativa tendiente a su implementación hasta que se resuelva la cuestión de fondo. La medida cautelar interina fue dictada en el marco de una causa en la que se cuestiona la legalidad de la privatización de la entidad.
La resolución sostiene que la transformación del BNA en sociedad anónima podría contradecir lo establecido por la Ley 27.742, conocida como Ley Bases, que explícitamente excluyó al banco de la lista de entidades sujetas a privatización.
Además, resaltó que cualquier cambio en la estructura jurídica del Banco Nación debe ser aprobado por el Congreso Nacional.
La medida se adoptó en respuesta a una presentación de un grupo de trabajadores del banco, que argumentaron que el decreto firmado por el Poder Ejecutivo representa un “intento solapado” de privatización.
En su resolución, el magistrado destaco que el BNA es una entidad autárquica, cuya creación y eventual modificación corresponde exclusivamente al Poder Legislativo, y que el Ejecutivo podría haber excedido las facultades delegadas por el Congreso.
El decreto cuestionado establece que el BNA pasaría a operar bajo la normativa de la Ley 21.526 de Entidades Financieras y enmarcaba la transformación dentro del proceso de reorganización estatal promovido por el gobierno de Milei.